El Tribunal Supremo de España ha elevado las indemnizaciones concedidas a 14 familiares de siete víctimas que fallecieron en el siniestro de la aerolínea alemana Germanwings —filial de Lufthansa Group— sucedido en 2015. En esta tragedia aérea perdieron la vida 150 personas tras decidir el piloto, Andreas Lubitz, estrellar el avión contra los Alpes franceses en una maniobra suicida. 

Según informa La Vanguardia, el alto tribunal ha determinado que la cuantía establecida por la Audiencia Provincial de Barcelona era “exigua” teniendo en cuenta el carácter “catastrófico” del siniestro. Las indemnizaciones proporcionadas variaban entre los 20.625 y los 105.000 euros según el familiar.

En su sentencia, el Supremo considera insuficientes estas cuantías y determina que todos los familiares –con independencia de si convivían o no con las víctimas– deben ver incrementada la cifra de la indemnización en un 50%, lo que supone un aumento del 75% con respecto a las referencias base de los accidentes de tráfico.
 

 Un porcentaje tan exiguo de incremento de la indemnización [...] apenas se diferencia de la que procedería conceder en un supuesto de accidente de circulación”, expone la sentencia


“Un porcentaje tan exiguo de incremento de la indemnización [...] apenas se diferencia de la que procedería conceder en un supuesto de accidente de circulación. No se resarce, por tanto, el duelo patológico propio de la pérdida de un ser querido en un siniestro de estas características, de carácter catastrófico y connotado de circunstancias extremadamente dolorosas, más aún cuando el siniestro no fue accidental, sino que se debió a la acción deliberada de uno de los miembros de la tripulación”, sostiene el Supremo.