Tras la publicación ayer del BOE que establece que “todo pasajero procedente de un país o zona de riesgo que pretenda entrar en España, deberá disponer de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada”, se han generado muchas dudas. 

Han llegado a esta redacción infinidad de preguntas formuladas por hoteleros y profesionales, que hemos recopilado y respondido consultando a las fuentes oficiales. Se trata de una guía que se actualizará constantemente en función de las clarificaciones y contactos con las autoridades competentes.

  • ¿Qué tipo de test es considerado válido?

La Prueba Diagnóstica de Infección Activa (PDIA) para SARS-CoV-2 admitida es la PCR (RT-PCR de COVID-19). Mientras no sea aceptado su uso armonizado en la Unión Europea, no se admitirán otras pruebas diagnósticas tales como test rápidos de anticuerpos, pruebas rápidas de detección de antígeno o serologías de alto rendimiento (ELISA, CLIA, ECLIA).

La RT-PCR, o reacción en cadena de la polimerasa con transcriptasa inversa, solo puede ser realizada en laboratorios y las muestras deben ser tomadas por personal sanitario con formación.

  • ¿Quién debe someterse a una PCR?

Todos los pasajeros internacionales cuyo destino final sea España y que lleguen por vía marítima o aérea desde países considerados de riesgo.

No están obligados:

  • Pasajeros internacionales en tránsito.
  • Excepcionalmente los trabajadores de mar que lleguen a España de regreso de su campaña a bordo de un buque o en tránsito para embarcar o desembarcar estarán exentos de presentar la prueba siempre que justifiquen su condición de tripulante y los impedimentos para la realización del test.
  • ¿Dónde se tienen que realizar los test?

En el país de origen con un máximo de 72 horas de antelación antes de la llegada.

  • ¿Dónde se realizará el control?

Antes del vuelo: Todos los pasajeros con origen en cualquier aeropuerto o puerto situado fuera de España deberán cumplimentar, antes de la salida, un formulario de salud pública denominado «Formulario de Control Sanitario», a través de la web www.spth.gob.es, o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH. Dicho formulario recogerá a partir de ahora una pregunta sobre si dispone de una PCR negativa realizada en las 72 horas previas a la llegada a España. En cualquier momento, se podrá solicitar al pasajero la acreditación del resultado de la prueba.

En el embarque: Las compañías aéreas comprobarán con anterioridad al embarque que los pasajeros con destino España han cumplimentado el Formulario de Control Sanitario —aquellos que no lo rellenaran telemáticamente, pueden presentarlo en formato papel—. En ambos casos, el formulario debe  ir siempre acompañado del documento acreditativo de la realización de la PDIA si proceden de un país o zona clasificada de riesgo. Las compañías aéreas se limitarán “a la comprobación de que el viajero presenta los documentos citados y en ningún caso se accederá a la información contenida en los mismos”.

En destino: El control sanitario previo a la entrada se llevará a cabo en el primer puerto o aeropuerto español al que llegue el pasajero.

"Como parte del control documental que se realiza en los puntos de entrada, se podrá solicitar al pasajero, en cualquier momento, la acreditación del resultado de la PDIA. El documento acreditativo deberá ser el original, estará redactado en español y/o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico. El documento contendrá, al menos, los siguientes datos: nombre del viajero, número de pasaporte o del documento o carta nacional de identidad (que deberá coincidir con el utilizado en el Formulario de Control Sanitario), fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro que realiza el análisis, técnica empleada y resultado negativo de la prueba."

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Test PCR | Imagen Alianza Covid-19

  • ¿Qué pasa si un turista llega sin test?

Si en el control sanitario documental al llegar a España el pasajero procedente del país de riesgo no acredita adecuadamente la realización de una PDIA con resultado negativo realizada en las 72 horas previas a la llegada, deberán someterse a la realización de la PDIA que establezcan los servicios de sanidad exterior. En la resolución no se especifica dónde o cómo.

La ministra de Asuntos Exteriores, Arancha González Laya, ha advertido de que las multas por llegar a España sin haberse realizado la PCR, a partir del 23 de noviembre, podría acarrear multas de hasta 6.000 euros.

  • ¿Qué obligaciones tienen las agencias, touroperadores y demás comercializadores de viajes?

Las agencias de viaje, los operadores turísticos, las compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes aisladamente o como parte de un viaje combinado, deberán informar a los pasajeros, en el inicio del proceso de venta de los billetes con destino a España, así como en el proceso de la emisión de la tarjeta de embarque, de la obligatoriedad de presentar el Formulario de Control Sanitario en el aeropuerto o puerto de destino. Así mismo, si el país o la zona de origen del viaje está clasificado como de riesgo deberán informar de la obligatoriedad de disponer de una PDIA para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las setenta y dos horas previas a la llegada.

  • ¿Qué sucederá con el Decreto Ley 17/2020 de Canarias de 29 de octubre¿Los hoteleros tendrán que seguir comprobando el certificado en recepción?

Por el momento, el Decreto Ley del Gobierno de Canarias entra en vigor el sábado 14 de noviembre y hasta el día 23, que se comienza a aplicar la resolución publicada en el BOE, ambas normas no coinciden. Por lo tanto, los alojamientos reglados deberán exigir un test negativo a los turistas que quieran hospedarse en el periodo comprendido entre los días 14 y 22 de noviembre. Tourinews ha consultado a Armando Rodríguez, director comercial de HD Hotels, que ha explicado que a partir del día 14 comenzarán a pedir las PDIA, tal y como indica el decreto ley canario.

  • ¿Y después del día 23 de noviembre?

Fuentes de Sanidad del Gobierno de Canarias consultadas por este diario han aclarado que la resolución publicada hoy (13 de noviembre), en el que se confirma la validez de los test de antígenos para los turistas que vayan a Canarias, se referirá de momento al periodo del 14 al 22 de noviembre, aún existe la duda de qué pasará a partir del 23. 

Fuentes profesionales del sector han asegurado que desde el Gobierno de Canarias están intentando modificar la normal, sin embargo las dudas no se aclararán hasta el martes 17 cuando está prevista la comparecencia del Ejecutivo para explicar qué va a suceder con el decreto regional. A esta cita emplaza Rodríguez al ser preguntado sobre lo publicado en el BOE durante la mañana del 12 de noviembre.

Por su parte, preguntados por la obligatoriedad de las PCR para entrar en España, ​Promotur, empresa pública encargada de la promoción turística del Archipiélago y dependiente de la Consejería de Turismo, no quiere hacer declaraciones.

  • ¿Qué países se consideran de riesgo?

Desde el Ministerio de Sanidad han explicado que para considerar de riesgo a un país de la UE y asociados Schengen se tendrán en cuenta dos criterios

  1. Incidencia acumulada de más de 50 casos por 100.000 habitantes en los últimos 14 días y una tasa de positividad en las pruebas superior al 4%.
  2. Incidencia acumulada de más de 150 casos por 100.000 habitantes en 14 días.

Para los países extracomunitarios ha explicado que se limitará a la incidencia acumulada en los últimos 14 días, aunque no han indicado el baremo.

El Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades (European Centre for Disease Prevention and Control) publica un mapa en el que se reflejan las zonas de riesgo de Europa y se actualiza cada martes. Dicho mapa se puede consultar en el este enlace aunque a continuación se puede ver la última actualización (a 13 de noviembre):

Mapa por incidencia acumulada de más de 50 casos por 100.000 habitantes en los últimos 14 días y una tasa de positividad en las pruebas superior al 4%:

w45 COVID19 EU EEA UK Subnational Combined traffic 0

 

 

Mapa por incidencia acumulada de más de 150 casos por 100.000 habitantes en 14 días:

w44 45 COVID19 EU EEA UK Subnational 14d Attack Rate 0