El Gobierno de España ha aprobado este martes nuevas medidas para proteger al sector del taxi y, a su vez, más limitaciones para conceder licencias a las empresas de vehículos de turismo con conductor (VTC), como es el caso de Uber, Cabify o Bolt. Este movimiento se produce como respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 8 de junio, que tumbó el criterio ‘1/30’ que limitaba la concesión de licencias VTC a una por cada 30 de taxi, al considerar que dicha ratio vulneraba la legislación comunitaria. 

Mediante un real decreto que modifica la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), el Ejecutivo ha declarado al taxi como “servicio de interés público” y ha introducido criterios medioambientales, así como de gestión del tráfico y del espacio público para poder restringir la concesión de nuevos permisos VTC de competencia estatal. Estos son los destinados a regular el transporte interurbano con recorridos que “deben iniciarse en la comunidad autónoma donde estén domiciliadas las empresas”. 
 

 La aplicación de estos mismos criterios para el transporte urbano dependerá de las comunidades autónomas y los ayuntamientos


Esto significa que las nuevas limitaciones solo afectarán, de momento, a las licencias concedidas por el Estado. La aplicación de estos mismos criterios para el transporte urbano dependerá de las comunidades autónomas y los ayuntamientos. 

Desde el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) defienden la aplicación de esta medida para “consolidar la convivencia de los VTC con el taxi”, así como para “contribuir a la protección del medioambiente, la mejora de la calidad del aire y la adecuada gestión del transporte, el tráfico y el espacio público”. 

“La nueva regulación está, así, alineada con el marco de la Unión Europea y, por lo tanto, centrada en la proporcionalidad, la competencia leal, la lucha contra las malas prácticas y la protección del interés general, aportando seguridad jurídica al mercado”, declara el Ministerio en nota de prensa, asegurando que el nuevo marco estatal “cumple los principios de no discriminación en relación con el transporte en VTC”.


Nuevas limitaciones 


La norma establece que la autorización de una licencia VTC estatal será denegada si, en el momento del otorgamiento, determinados contaminantes superan los umbrales regulados en la normativa de mejora de la calidad del aire, en alguna zona o aglomeración incluida en la comunidad autónoma en la que se encuentra domiciliada la empresa solicitante.

Asimismo, la autorización podrá ser denegada por aplicación de criterios objetivos relativos a la reducción de emisiones de CO², gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, establecidos por las comunidades autónomas para su territorio.

En relación con la gestión del tráfico, explica el Mitma, deberá utilizarse un criterio objetivo de congestión viaria, que podrá estar basado en un indicador que refleje la diferencia entre la velocidad media en condiciones de flujo libre y la velocidad registrada en distintos momentos del día u otros criterios que se puedan establecer por la comunidad autónoma.

Por su parte, los ayuntamientos podrán establecer la solicitud de una autorización adicional a la autonómica para realizar transporte urbano en su ámbito territorial, que deberá estar justificada por razones de interés público y resultar proporcionada, garantizando en todo caso la sostenibilidad, calidad y seguridad de los servicios de interés público involucrados.