El Tribunal Supremo confirma la condena al parque de atracciones que la compañía de cine estadounidense tiene en Madrid, por la que está obligado a pagar una indemnización de 321.450 euros por uso y reproducción pública de canciones sin autorización de los artistas entre 2002 y 2008. El pago de dicha cuantía será abonado a la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) y la Asociación de Artistas e Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE)