El Tribunal Supremo ha avalado la prohibición de los pisos turísticos en Palma (Mallorca). De esta forma, los jueces dan la razón al Ayuntamiento en la disputa que mantiene con las asociaciones de pisos turísticos.

En 2018, el consistorio palmesano aprobó la prohibición de la actividad turística en las viviendas plurifamiliares de la urbe. Este acuerdo fue llevado a los tribunales por la patronal de alquiler turístico de Baleares, HABTUR, que se llevó el primer triunfo del envite, pues el Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares (TSJIB) anuló la medida, al considerarla “desproporcionada e injustificada”. En respuesta, desde el Ayuntamiento de Palma se presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo que ahora se ha resuelto con una "victoria" para ellos.

Por tanto, el alto tribunal permite al consistorio seguir prohibiendo el alquiler de pisos y apartamentos a turistas, tal y como se viene haciendo desde 2018. Según la sentencia del Tribunal Supremo, a la que ha tenido acceso El País, los motivos alegados por el consistorio mallorquín para prohibir el alquiler vacacional en pisos son “evidentes y consistentes”. Los jueces y subrayan en el acto que la norma aprobada no restringe “y mucho menos prohíbe” la actividad económica de alojamiento turístico en Palma, porque no limita el número de alojamientos turísticos que puede haber en la zona.

De esta forma, se sigue permitiendo en la capital mallorquina el alquiler turístico, pero en otro tipo de viviendas, como las unifamiliares.