En marzo de 2020 Iberia alcanzó un acuerdo con los sindicatos mayoritarios —CC.OO., UGT, USO y la Asociación Sindical Española de Técnicos de Mantenimiento Aeronáutico (ASETMA)— para cerrar el XXI convenio colectivo del personal de tierra (con vigencia del 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2021). Por aquel entonces, parecía garantizado un período de paz entre plantilla y dirección, el sindicato minoritario Coordinadora Estatal Sector Handling Aéreo (CESHA) no estaba conforme con el documento sellado y llevó a los tribunales a la compañía y al resto de sindicatos.

Ahora, tal y como recoge El País, ha logrado imponerse, ya que la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha estimado su demanda y ha anulado varios artículos del convenio.
 


 

El documento alcanzado en marzo de 2020 establecía tres tipos de cambios de horarios y/o jornadas:

  • Con preaviso de una semana de antelación por modificaciones en la programación de vuelos o por incremento o reducción de los mismos.
  • Los que se preavisan 48 horas antes para cubrir incidencias imprevistas.
  • Los que no están sujetos a plazo, debido a circunstancias excepcionales.

Según el dictamen del tribunal, estos dos últimos no se ajustan al Estatuto de los Trabajadores y, por tanto, tendrán que ser eliminados. El fallo determina que la empresa tiene posibilidad de ajustar la organización del trabajo con una semana de antelación, incluso en el caso de fenómenos meteorológicos adversos.

Considera, además, que casos verdaderamente imprevistos (ceniza volcánica en suspensión o desplazamiento de autoridades del Estado, por ejemplo), pueden cubrirse adecuadamente mediante guardias, retenes u horas extraordinarias.

Se trata pues de una victoria de un sindicato con escasa representación en los comités de empresa que ha venido a cambiar un convenio que conllevó una larga negociación y fue motivo de numerosas huelgas en verano de 2019.