El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) ha admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado por la patronal del alquiler turístico del archipiélago (Habtur), el pasado noviembre, contra la zonificación del alquiler turístico en Palma (Mallorca), aprobada por el Ayuntamiento de Mallorca.

Habtur considera la zonificación de Palma una medida “injusta, salvaje y radical”, que ha provocado que más del 53% de la oferta de alquiler vacacional haya desaparecido en la localidad.

Bajo la opinión de la patronal, esta medida es “absolutamente restrictiva”, debido a que no sigue criterios objetivos y, por tanto, carece de solidez jurídica. Habtur se ha apoyado en que ningún ayuntamiento del territorio español ha prohibido, hasta ahora, el alquiler vacacional en viviendas plurifamiliares, como es el caso de Palma.

Asimismo, la patronal ha asegurado estar de acuerdo con la limitación de las plazas, siempre y cuando esté acompañada de una bolsa rotativa, que permita que aquellas que se den de baja sean operadas por nuevos actores.

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Lucha contra la masificación

A su vez, ha recriminado que, “para frenar la masificación turística” se ponga el foco “solo en un sector”. En este punto, ha señalado que este tipo de arrendamiento representa solo el 7% de la presión demográfica de Baleares en agosto, mes de mayor afluencia. También, que el 60% de las pernoctaciones se efectúan en hoteles, frente al 17% que se realizan en viviendas de alquiler turístico.  

Desde Habtur proponen, como medida para controlar la masificación, que los menores de 12 años cuenten como plaza en los hoteles, tal y como ocurre en la actividad que defienden.

“No podemos permitir que los beneficios del turismo caigan solo en manos de unos pocos en detrimento de los intereses generales de la ciudadanía”, sentenció la patronal.