Casi de forma simultánea al Ayuntamiento de Palma (Mallorca), Madrid ha aprobado su Plan Especial de Regulación del Uso de Hospedaje, por el que demarcará las zonas del centro de la ciudad en las que estará permitido el alquiler turístico.

El plan tiene en cuenta diferentes aspectos a la hora de establecer las exigencias y las prohibiciones para poder destinar una vivienda para uso turístico como la zona, el uso del edificio o la protección del mismo.

Como ya adelantó José Manuel Calvo, delegado de Desarrollo Urbano Sostenible de Madrid, se considerará que una vivienda que se alquile durante más de 90 días al año está desarrollando una actividad comercial y, por tanto, tendrá que solicitar licencia de uso de hospedaje.

El plan afecta a un área 52.768.610 m2 dividida en tres cordones concéntricos creados según el nivel de saturación de alojamientos turísticos.

  • El primer anillo coincide con los límites del distrito de Centro.
  • El anillo número 2 comprende el distrito de Chamberí completo y parte de los distritos de Chamartín, Salamanca, Retiro, Arganzuela y Moncloa-Aravaca.
  • El anillo 3 se expande a barrios de los anteriores distritos, a los que se suman otros barrios de los distritos de Tetuán, Usera, Carabanchel y Latina.
  • En el resto del municipio, se mantiene la regulación actual.

Suscripción

Entradas independientes

El plan contempla dos supuestos respecto al uso de edificios residenciales como alojamiento. Por una parte, plantea la sustitución total del uso residencial por el hospedaje en edificios completos. Para ello, exigirá elaborar un plan que estudie el impacto en el entorno y que deberá ser aprobado tanto por la Junta de Gobierno de la ciudad como por el Pleno municipal.  En caso de que el inmueble ya tuviese un uso terciario, se permite la licencia directa para convertirlo en alojativo, excepto en edificios protegidos.

En lo que se refiere a edificios que combinen el uso de hospedaje y otros usos, el Ayuntamiento exigirá la existencia de un acceso independiente (en los anillos 1 y 2). El consistorio de Madrid incide en que “no podrán utilizar puertas de entrada, portales o ascensores comunes al resto de viviendas”. Asimismo, exige que exista una recepción o similar.

En el anillo 3, en edificios de uso exclusivamente residencial, también se exige un acceso independiente a las partes para las que se solicite una nueva licencia de hospedaje. Por otro lado, y como fundamental diferencia con los anillos 1 y 2, en aquellos casos donde ya se admiten otras clases del uso terciario, como oficinas o comercios, se mantiene la regulación vigente, que permite el cambio de uso residencial a uso de hospedaje.

El Ayuntamiento ha explicado que la finalidad del plan es “preservar el uso residencial en el centro urbano, frenando la tendencia por el que las viviendas del centro de la ciudad se convierten en alojamientos temporales exclusivamente para turistas”. También, añaden, se busca que la actividad de hospedaje se extienda a otras zonas de la ciudad, redistribuyendo la actividad económica y descargando la concentración del centro histórico.