Este viernes se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto de medidas urgentes en respuesta a la sequía y a las condiciones climatológicas. La propuesta más llamativa es la prohibición de trabajar al aire libre en caso de que se decreten alertas meteorológicas de nivel naranja o rojo. 

Esta medida, que entra en vigor este mismo sábado, podría afectar especialmente al sector turístico, cuya gran mayoría de actividades se realizan al aire libre con profesiones como camareros, socorristas, hamaqueros, socorristas, animadores, jardineros, personal de parques temáticos, guías turísticos, etc.

En concreto, se modifica el decreto 486/1997 sobre condiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, añadiendo una disposición adicional en la que se apunta que, cuando se desarrollen trabajos al aire libre o en lugares de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados “deberán tomarse medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas”.

Las medidas serán establecidas por la empresa tras una evaluación de riesgos laborales, que tomará en consideración, además de los fenómenos mencionados, las características de la tarea que se desarrolle y las características personales o el estado biológico conocido de la persona trabajadora. “Las medidas preventivas incluirán la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos, en aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protección de la persona trabajadora”, dicta el decreto.

En aquellos casos en los que esté vigente un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo emitido por parte de la Agencia Estatal de Meteorología —o el organismo autonómico equivalente— y las medidas preventivas anteriores no garanticen la protección de las personas trabajadoras “resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista”.

¿Cuándo se emite una alerta meteorológica por temperaturas extremas?


Lo primero que hay que tener en cuenta es que a la hora de determinar las alertas no se utilizan los criterios varían según el territorio. La horquilla de temperaturas para la alerta roja se sitúa a partir de los 40 o los 44 grados (más alto en el sur), mientras que la naranja se dispara entre los 37 y 40.