El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha emitido una sentencia que abre la puerta a que las aerolíneas puedan esquivar las indemnizaciones por grandes retrasos en los vuelos —de más de tres horas—, cuando tengan lugar “circunstancias extraordinarias”, como puede ser la falta de personal aeroportuario para la carga de equipajes.

En un fallo emitido este jueves, el alto tribunal europeo hace referencia al caso de un vuelo operado por la compañía TAS, en 2021, con salida desde Colonia-Bonn (Alemania) y destino en la isla griega de Cos. Este vuelo sufrió un retraso de tres horas y 49 minutos que se debió a varias razones, pero principalmente a la falta de trabajadores del aeropuerto de Colonia-Bonn para cargar el equipaje en el avión.

Varios pasajeros afectados por este retraso cedieron a la empresa de reclamación Flightright sus potenciales derechos a compensación. Esta entidad presentó una demanda contra TAS ante la Justicia alemana, alegando que ese retraso era imputable a la aerolínea y que no podía justificarse aduciendo circunstancias extraordinarias.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea | Foto: Archivo

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Sin embargo, el TJUE recuerda que, en virtud del Derecho de la UE, “una compañía aérea no está obligada a pagar una compensación en relación con un gran retraso si puede acreditar que el retraso se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables”.

El Tribunal detalla que se da una circunstancia extraordinaria “cuando, en primer lugar, el acontecimiento no es inherente al ejercicio normal de la actividad del transportista aéreo y, en segundo lugar, escapa a su control efectivo”.

Ahora, corresponde al tribunal alemán comprobar si se cumplen estos dos requisitos en el caso del vuelo de TAS. No obstante, aunque la Justicia germana considerara que la falta de personal en cuestión constituye una circunstancia extraordinaria, para quedar exenta de su obligación de compensar a los pasajeros, TAS deberá demostrar, por una parte, que esta circunstancia no habría podido evitarse, incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables y, por otra parte, que adoptó todas las medidas adaptadas a la situación para evitar las consecuencias de esta.