El Tribunal Supremo ha confirmado de forma definitiva la orden de cierre del hotel-botel Alcudiamar, situado dentro del puerto deportivo de Alcúdia (Mallorca), al inadmitir el recurso de casación presentado por la empresa gestora. La decisión ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB), que anuló la autorización turística concedida en 2003 y declaró ilegal la explotación hotelera en suelo portuario destinado exclusivamente a usos náuticos.
La resolución del Supremo, dictada el 15 de octubre de 2025, pone fin a un largo litigio iniciado por el grupo ecologista GOB Mallorca, que denunció hace años el funcionamiento irregular del establecimiento. El TSJIB ordenó entonces la clausura inmediata del botel y la retirada de todos los efectos jurídicos de la autorización anulada, al considerar que la actividad vulneraba la normativa urbanística y turística.
Pese a la firmeza de la sentencia, el GOB ha denunciado que el establecimiento continúa abierto “como si nada hubiera pasado”. La entidad presentó el 17 de octubre un nuevo escrito ante el TSJIB para exigir que se inste al Consell de Mallorca y a la empresa Alcudiamar, S.L. a ejecutar de inmediato el cierre y precintado de las instalaciones.
El colectivo ecologista advierte de que la falta de ejecución de la sentencia “erosiona la confianza ciudadana en la justicia y en las instituciones públicas” y reclama una actuación urgente de las administraciones competentes. A su juicio, el caso ejemplifica la “permisividad institucional con actividades ilegales en el litoral” y la necesidad de reforzar la protección del dominio público marítimo-terrestre. El GOB considera la resolución del Supremo “una victoria para la defensa del territorio” y pide revisar otras concesiones portuarias con posibles desviaciones de uso.
Por su parte, desde Alcudiamar, un portavoz declinó hacer declaraciones en conversación con el diario Última Hora y se limitó a señalar que “la empresa está estudiando la sentencia”.