El Parlamento de Canarias ha aprobado este miércoles, 12 de noviembre, la Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas, que actualiza y sustituye al Decreto 113/2015 y que regulará la vivienda vacacional en las islas. La iniciativa ha contado con los votos a favor de Coalición Canaria, Partido Popular, Agrupación Socialista Gomera y Agrupación Herreña Independiente y los votos en contra del Partido Socialista, Nueva Canarias y Vox.
“Por primera vez, Canarias contará con una ley que regula el alquiler vacacional, tras diez años de vigencia de un decreto que carecía de normas claras para propietarios, administraciones, ayuntamientos, cabildos y el propio Gobierno de Canarias. Hoy damos un paso importante, pero no el último, aún queda camino por recorrer en la aplicación y desarrollo de esta ley”, ha destacado la consejera de Turismo y Empleo, Jessica de León.
“Se trata de una regulación”, añadió, “que busca compatibilizar el legítimo ejercicio de esta actividad con el interés general. La ley aborda cuestiones que la ciudadanía nos ha pedido reflexionar, como los límites del territorio y de esta modalidad turística, que hasta ahora no contaba con topes cuantitativos ni cualitativos”.
La consejera precisó que el articulado de la norma establece que los pequeños propietarios que cumplen con el decreto vigente podrán continuar desarrollando su actividad con normalidad, e hizo un llamamiento a todos los propietarios de viviendas vacacionales para que continúen presentando la actividad clasificada en sus ayuntamientos.
En Canarias, el 44,6% de las viviendas vacacionales están en manos de personas físicas, mientras que el 55,3% de ellas y el 55,5 % de las plazas son gestionadas por entidades o propietarios extranjeros, y no por pequeños propietarios locales.
Moratoria de 5 años
De León recordó que "no se podrán establecer nuevas viviendas vacacionales durante un periodo de cinco años, hasta que los ayuntamientos cuenten con un planeamiento municipal que las habilite expresamente, y estos podrán decidir cómo, dónde, cuándo y cuántas viviendas vacacionales se permiten en su municipio, por zonas o núcleos".
Por su parte, el director general de Ordenación, Formación y Promoción Turística, Miguel Ángel Rodríguez, indicó que "el Ejecutivo autonómico les facilitará, si así lo requieren, una ordenanza provisional estándar que permitirá agilizar este trabajo. “La norma ordena y regula, no limita, y, además, atiende a la realidad y diversidad insular", aclaró.
Además, Rodríguez quiso transmitir tranquilidad a los miles de propietarias y propietarios que cumplen a día de hoy y pueden seguir operando con normalidad.
Las grandes novedades de la ley en un vistazo
Estas son las principales novedades de la Ley que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC):
- Las Viviendas de Protección Oficial (VPO) no podrán destinarse al uso turístico.
- Prohíbe los falsos hoteles, edificios en los que todas las viviendas son vacacionales de un gran tenedor.
- Las viviendas de nueva construcción no pueden destinarse al uso turístico hasta que transcurran diez años.
- Establece una moratoria de cinco años para nuevas viviendas de uso turístico.
- Establece un ratio por municipio de 90% de viviendas residenciales y 10% de uso turístico (20% en La Palma, La Gomera y El Hierro).
- Los pequeños propietarios que cumplen con el Decreto 113/2015 podrán continuar desarrollando su actividad con normalidad.
- Características del inmueble:
- Deberá contar con más de 35 metros cuadrados.
- Deberá contar con acceso independiente si se encuentra en plantas altas con viviendas residenciales debajo. No así si es en planta baja o si se encuentra por encima de viviendas destinadas a otros usos como oficinas.
- No se podrán utilizar locales reconvertidos.
- El uso turístico de viviendas queda prohibido en suelos rústicos protegidos y espacios naturales salvo autorización expresa.





