Una empresa de ‘parasailing’ (excursión en un paracaídas que es desplazado por una embarcación) de Ibiza deberá indemnizar con 16.372 euros a dos jóvenes hermanos que sufrieron un accidente en 2014 mientras disfrutaban de sus servicios, así como a su padre, quien se encargó de costear los gastos. 

Mientras que el el Juzgado de Primera Instancia número 2 desestimó en un principio la demanda de indemnización, ahora, la sección cuarta del tribunal provincial ha estimado el recurso de las víctimas y ha condenado a la empresa y a su seguro a abonar 16.372 euros a los accidentados por daños y perjuicios.

Según ha informado Diario de Ibiza, los dos hermanos se disponían a disfrutar de una excursión de ‘parasailing’ junto con una mujer de 31 años y un varón de 22, en septiembre de 2014, cuando, según han declarado, las ráfagas de viento eran intensas y se fueron acentuando progresivamente. Tal es así, que el artefacto sufrió fuertes sacudidas hasta el punto de romperse la cuerda que lo unía a la embarcación, por lo que quedó flotando en el aire sin ningún control, llegando a impactar contra un pararrayos del Hotel Milord, de donde fueron rescatados, a nueve plantas de altura. 

Para la condena, el tribunal se ha apoyado en los dos informes realizados por meteorólogos, donde se concluye que los fuertes vientos que soplaron aquel día eran previsibles, ya que se había activado una alerta naranja por rachas de hasta 120km/h. Además, aseveró que la responsabilidad y "obligación de consultar el parte meteorológico y ajustarse a las previsiones no incumbe a los usuarios de la actividad, quienes asumen los riesgos inherentes a la misma" sino al responsable de la embarcación, que es el encargado de tomar las medidas de precaución.