El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA), representante del 90% del colectivo de ENAIRE, contra la sentencia de la Audiencia Nacional que obligaba a la cobertura de las horas extras por fuerza mayor.

Así, los controladores cubrirán los ‘Servicios de Cobertura Obligatoria’, que son aquellos que se realizan ante imprevistos, que serán considerados como horas extraordinarias de fuerza mayor.

El sindicato considera abusiva la decisión y alega que esas horas, cuando no se inviertan en prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, se deben considerar extraordinarias estructurales, computables dentro del límite máximo de 80 horas anuales. 

Sin embargo, la Audiencia Nacional sostiene que la regulación convencional de las horas extraordinarias por fuerza mayor no vulnera el Estatuto de los Trabajadores, por lo que se desestima la alegación del sindicato sobre el uso abusivo y fraudulento de la cobertura obligatoria.

Además, en el fallo se declara aprobado que se ordena a los trabajadores con una antelación mínima de 48 horas.