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La Fiscalía se suma a la batalla contra el macroproyecto turístico de Cuna del Alma (Tenerife)

Continúa la batalla de los colectivos sociales y ecologistas en contra del macroproyecto turístico Cuna del Alma, en el Puertito de Adeje (Tenerife) y ahora cuentan con el apoyo de la Fiscalía. El proyecto supone la construcción de un complejo de 400.000 m² de superficie, con 420 apartamentos y villas de lujo, restaurantes, spa, una playa semiprivada y hasta una granja propia. 

Según informa Canarias Ahora, el ministerio público ha recurrido el auto del Juzgado de Instancia Número 1 de Arona que archivó el recurso interpuesto el pasado mes de julio, y ampliada en agosto, por la Asociación Cultural Social Ecologista Puertito Libre contra los promotores del proyecto, Segunda Casa Adeje SL (promovida por las familias belgas Vandermarliere y van Biervliet), y contra el Ayuntamiento de Arona.

El pasado 4 de diciembre, el juzgado dio carpetazo a la denuncia en la que se aportaban pruebas que apuntaban a diversas irregularidades urbanísticas, delitos contra el medioambiente, de falsedad documental o prevaricación y se pedía la paralización inmediata de las obras.

En el auto que tumbó la querella se argumentaba que la empresa promotora contaba “con la autorización administrativa pertinente”, haciendo referencia a las obras para construir una piscina descubierta, un restaurante y un parking que se están llevando a cabo en la parcela en la zona de servidumbre del dominio público marítimo-terrestre, que cuentan con el beneplácito de la Dirección General de Costas.

Sin embargo, desde Fiscalía exigen dejar sin efecto el archivo de la querella y solicitan poder tener acceso al expediente íntegro de Costas, que sea sometido a una “pericial independiente”. El objetivo es descubrir si las citadas obras cumplen con los criterios del artículo 47 del Real Decreto 876/2014, que se utilizó para justificar la ocupación de zona de servidumbre de protección. Dicho artículo establece que se permite de la ocupación a “las obras, instalaciones y actividades que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación, como los establecimientos de cultivo marino o las salinas marítimas, o aquellos que presten servicios necesarios o convenientes para el uso del dominio público marítimo-terrestre”. 

Por su parte, los denunciantes particulares exigen que no se dé la causa por sobreseída y se realicen las investigaciones “necesarias para el esclarecimiento de los hechos y se depuren las responsabilidades penales correspondientes”.

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