El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha cortado las alas a las aerolíneas. El máximo tribunal europeo ha determinado que las huelgas no son excusa para no compensar las reclamaciones de los pasajeros afectados.

Según informa el medio alemán ‘NTV’, el organismo comunitario determinó que una huelga laboral de la plantilla no constituye una causa extraordinaria que exima a la aerolínea de pagar la indemnización por retraso o cancelación del vuelo: "En las compañías es común que surjan desavenencias con su personal, por lo tanto los riesgos derivados de las medidas de reestructuración son inherentes a su actividad".

Esta sentencia da carpetazo al caso por el que TUI fly se negaba a pagar las compensaciones a pasajeros tras la “huelga salvaje” de septiembre de 2016. La mayoría de la plantilla de la aerolínea perteneciente al mayor touroperador del mundo protestó declarándose enferma yh no acudiendo al trabajo. El índice de absentismo fue del 89% entre los técnicos de navegación y del 62% en el personal de cabina.

Con esta sentencia, se prevé que se produzca una nueva oleada de reclamaciones puesto que su doctrina se puede aplicar a huelgas anteriores.