El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado este viernes la condena de 23 meses de prisión impuesta por la Audiencia de Tenerife al empresario palmero y expresidente del CD Tenerife, Miguel Concepción Cáceres, por delito continuado de estafa agravada en las bonificaciones estatales a los residentes en el Archipiélago para vuelos Canarias-Península. El alto tribunal también ha confirmado la condena de 8 meses impuesta a sus dos hijas, Eloísa y Verónica Concepción Rodríguez, por participar como cómplices en el delito. Concepción se mantuvo 16 años (de 2006 a 2012) al frente del principal club deportivo de Tenerife, hasta que presentó su dimisión el pasado mes de diciembre de 2022.
Según recoge La Provincia, la sentencia ratificada por el TS establece, así mismo, una indemnización de casi 4 millones de euros a la Administración General del Estado —Ministerio de Transportes, entonces Fomento— por parte de los acusados, de la que Concepción deberá asumir el 50% y, sus dos hijas, el 25% cada una por ser cómplices del delito cometido por su progenitor, a través de la aerolínea Islas Airways S.A., desaparecida en 2012 tras conocerse el escándalo por una denuncia presentada por su principal competidora, Binter Canarias.
Los condenados obtuvieron bonificaciones superiores a las realmente debidas por un importe superior a los 8 millones de euros
Los hechos probados señalan, entre otros, que “entre noviembre de 2007 y abril de 2011, el importe liquidado en concepto de bonificaciones por la compañía Islas Airways S.A. asociados a vuelos interinsulares en la Comunidad Autónoma de Canarias ascendió a 47.260.839,58 euros. Esta suma correspondía a unas cantidades “muy superiores” a las que realmente debería haber recibido la sociedad por parte del Ministerio de Fomento.
La sentencia ratificada señala que entre los años 2008 y 2011, los condenados “remitieron ficheros de vuelos y certificaciones que aparentaban ser correctos y contar con respaldo documental, lo que les permitió superar los controles rutinarios, cuando en realidad carecían de sustento o no respondían a la realidad, logrando de esta manera obtener bonificaciones superiores a las realmente debidas en los términos exigidos por el Real Decreto y la Ley de Subvenciones, por un importe superior a los 8 millones de euros. Asimismo, el alto tribunal ha desestimado el recurso de las tres personas condenadas y considera correcta la calificación como delito de estafa, agravada por la cuantía, cometida por quienes controlaban una agencia de viajes, simulando viajes interinsulares en el archipiélago canario.