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El Ayuntamiento de Maspalomas (Gran Canaria) gana una pugna de 40 millones de euros a Lopesan Hotel Group

El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana/Maspalomas (Gran Canaria) ha logrado una importante victoria judicial contra Lopesan Hotel Group, que pone fin a un litigio por el que la empresa privada buscaba una compensación de 41 millones de euros por la expropiación de sus terrenos.

Según informa Atlántico Hoy, el Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación que la empresa hotelera había presentado contra las decisiones previas de la Comisión de Valoraciones de Canarias y del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que fijaron una indemnización entre los 8 y los 10 millones por dos parcelas urbanizables de su filial Maspalomas Golf SA.

Disparidad de criterios


La disputa se centra en la expropiación de dos parcelas clasificadas como suelo urbanizado, la Parcela W y la totalidad del suelo del Parque Urbano Campo de Golf, ambas en San Bartolomé de Tirajana y con una superficie conjunta de más de 71.500 metros cuadrados. El Jurado de la expropiación había establecido una indemnización total de 8 millones de euros. El principal desacuerdo radicaba en el cálculo de la indemnización, ya que la empresa defendía que, para calcular la edificabilidad media, debía incluirse todo el suelo turístico al que el parque presta servicio (como Campo Internacional, Oasis y Playa del Inglés), y no limitarse solo a la zona del campo de golf, lo que disparaba su tasación a los 41 millones.

Sin embargo, tanto el TSJC como el Tribunal Supremo han rechazado la tesis de Lopesan. Los tribunales han desestimado la ampliación del ámbito de cálculo al no existir uniformidad ni homogeneidad en los usos y tipos edificatorios de las zonas que la compañía pretendía incluir. De hecho, la sentencia apunta que la intención de Lopesan era "incrementar de forma artificial la edificabilidad media” al excluir la “descomunal” superficie del campo de golf y tratar de incluir áreas más lucrativas.

Al ser firme la providencia del Supremo que rechaza la casación, el fallo del TSJC es definitivo, lo que obliga a iniciar el trámite de ejecución de la sentencia por la indemnización de menor cuantía.

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