La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado la ordenanza fiscal que regulaba la tasa turística en el municipio de Mogán (Gran Canaria), estimando así el recurso presentado por la Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Las Palmas (FEHT).

La tasa de 0,15 euros por pernoctación y día que era recaudada por los propietarios hoteleros se implantó el 11 de marzo de 2025 y, desde entonces, la patronal y el consistorio han mantenido un pulso judicial que incluyó incluso una breve suspensión cautelar. Ahora, tal y como informa Atlántico Hoy, una sentencia del TSJC dictada el 28 de mayo de 2026 tumba totalmente la norma que permitía el cobro de dicho tributo.

El tribunal fundamenta su decisión en que el texto municipal presentaba un hecho imponible "vago y abstracto", utilizando expresiones ambiguas e imprecisas que impedían conocer qué servicios se iban a financiar exactamente. Según los magistrados, el consistorio pretendió usar esta "tasa ecológica" como un auténtico medio de financiación general, desnaturalizando la figura jurídica de la tasa y vulnerando el principio de equivalencia, que prohíbe recaudar por encima del coste real del servicio prestado. Por todo ello, el fallo impone al Ayuntamiento de Mogán el pago de las costas judiciales hasta un máximo de 3.000 euros, en una resolución que todavía no es firme.

La FEHT ha celebrado el fallo judicial, asegurando que respalda plenamente sus argumentos. La federación ha aclarado que su recurso no buscaba una confrontación institucional, sino proteger la seguridad jurídica y la equidad tributaria, ya que consideraban que la medida del consistorio actuaba materialmente como un impuesto encubierto, una figura cuya creación es competencia exclusiva del legislador estatal o autonómico y no de la administración local. El Ayuntamiento ha anunciado una convocatoria de prensa para compartir su reacción.