Las aerolíneas están obligadas a compensar a los pasajeros debido a los largos retrasos causados por otros pasajeros, según una sentencia dictada por la Corte del Condado de Birmingham en contra de la aerolínea Thomas Cook. Aunque la aerolínea asegura que este caso no crea un precedente y no supone que las líneas aéreas tengan que compensar a los pasajeros por los retrasos, aparentemente cada vez más comunes, causados por el mal comportamiento o estado de ebriedad de otros miembros del pasaje. En este caso, Thomas Cook ha sido condenada a pagar a la pasajera Maria Edwards 1.068 € debido a que su familia de cuatro miembros sufrió en 2014 un retraso de nueve horas en su vuelo de vuelta a casa desde Túnez. La aerolínea se negó a dar compensación a los pasajeros alegando que el retraso se debió a que un pasajero dañó la manilla de apertura de la puerta de emergencia en un vuelo anterior. Sin embargo, la sentencia da ahora la razón a Edwards y abre la posibilidad a este tipo de reclamaciones