Colombia ha puesto coto a las plataformas digitales de servicios turísticos, como pueden ser Airbnb o Booking. El Gobierno ha aprobado un decreto, pionero en la región, que regula la actividad de este tipo de empresas y su contribución parafiscal, es decir, a partir de ahora tendrán que pagar impuestos.
Se tratan de impuestos 'parafiscales', ya que se conoce el fin específico que al que se destinarán estos tributos. En este caso, según ha explicado la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana, el dinero recaudado se invertirá en el fortalecimiento de la promoción, competitividad y la infraestructura turística del país.
#Anuncio Sector turismo, pionero en regulación de plataformas digitales en Colombia. A través del Decreto 1836 de 2021, se establecen nuevas medidas relacionadas con el RNT y las obligaciones de los operadores de las plataformas digitales de servicios turísticos.
— Ximena Lombana (@LombanaXimena) January 17, 2022
El nuevo decreto establece la obligación de este tipo de empresas de pagar la contribución parafiscal conforme a los mecanismos establecidos por el Gobierno nacional. En este caso, el valor de dicha contribución deberá ser del 0,25% de los ingresos derivados de la comisión, remuneración o tarifa de uso que la plataforma digital perciba por su actividad.
La recaudación se efectuará a través del Fondo Nacional de Turismo (Fontur), cuyo presidente, Irvin Pérez, ha adelantado que durante este año se pretende cobrar un total de 64.000 millones de pesos colombianos (cerca de 16 millones de dólares estadounidenses).
Otras obligaciones de las plataformas digitales
El nuevo decreto colombiano también establece otras obligaciones para las plataformas digitales de venta de servicios turísticos:
- Inscribirse en el Registro Nacional de Turismo (RNT), lo cual se puede llevar a cabo gratuitamente y a través de las cámaras de comercio.
- Asimismo, cada prestador de servicios deberá mostrar de forma visible el número de registro en el RNT.
- Las plataformas deberán retirar los anuncios de los prestadores que no muestren el número de registro o cuando exista una orden administrativa o judicial al respecto. También están obligadas a entregar la información solicitada por las autoridades colombianas.
El nuevo decreto también actualiza la lista de prestadores de servicios turísticos, incluyendo como nuevas categorías a los parques de ecoturismo, parque de agroturismo, plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos y organizadores de bodas destino.