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Lopesan pierde su batalla contra Transición Ecológica por la línea de costa frente al hotel IFA Faro (Gran Canaria)

La hotelera pretendía que se desplazara el límite del dominio público marítimo-terrestre hacia el mar y reducir la zona de servidumbre

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso presentado por Lopesan Hotel Group, a través de IFA Hotel Faro Maspalomas S.A.U., contra el Ministerio para la Transición Ecológica.

En concreto, la empresa hotelera había recurrido la resolución del ministerio del 9 de diciembre de 2022 que denegaba la solicitud previa de la cadena para modificar la delimitación de la costa establecida en 1995 en el entorno del Faro de Maspalomas, en el municipio de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria).

Desde la cadena se reclamaba desplazar el límite del dominio público marítimo-terrestre hacia el mar y reducir la zona de servidumbre. Eso habría permitido que la franja más próxima al hotel pasase a ser de propiedad privada o, al menos, suelo patrimonial desafectado. Así, en caso de haber obtenido sentencia favorable, el hotel podría haber recuperado la titularidad de ese suelo, pudiendo realizar obras de mejora o explotarlo sin depender de concesiones administrativas.

La empresa se aferraba a la disposición de la Ley de Costas que permite modificar los deslindes en caso de existir paseos marítimos construidos por la Administración entre 1988 y 2013. En caso de haber podido demostrar que existía una urbanización consolidada (alumbrado, alcantarillado y mantenimiento municipal) con anterioridad a 1988, se habría podido reducir la zona de servidumbre de 100 a 20 metros. No obstante, la Audiencia Nacional ha destacado que, si bien existieron proyectos para crear un paseo marítimo en 1995, las obras nunca se llegaron a ejecutar. 

"La actual explanada pavimentada ubicada entre los mojones 100 y 101 frente al hotel es el resultado de los trabajos de demolición que llevó a cabo la administración con motivo del levantamiento subsidiario que tuvo que hacer de los terrenos concesionados en su día a la mercantil que ahora solicita la rectificación del deslinde, y no como resultado de la construcción de un paseo marítimo, ya que, como también se ha expuesto anteriormente, ese tramo del paseo marítimo nunca llegó a ejecutarse", asevera la sentencia.

Lopesan aún tiene la posibilidad de presentar recurso de casación al Tribunal Supremo.

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