Economía y Política

Hachazo de la UE de los derechos de los pasajeros: menos compensaciones y cobro por equipaje de cabina

Las aerolíneas celebran la "unificación de criterios" que reducirá las batallas legales, como la que el Ministerio de Consumo de España mantiene con las 'low cost'

Hay dos grandes perdedores tras la reunión de los Ministros de Transportes de la Unión Europea, que tuvo lugar este jueves: los viajeros y España. Los primeros pierden derechos de compensación por retraso, mientras que el Ministerio de Consumo de España pierde la batalla que mantenía contra las compañías 'low cost' por el cobro del equipaje de mano.

El Consejo de Transportes ha aprobado la reforma del Reglamento de Derechos de los Pasajeros (Reglamento 261), que tendrá que obtener el visto bueno del Parlamento, y que incluye las siguientes medidas:

Cambios en compensaciones por retraso


Se aumenta el número de horas de retraso que debe acumular un vuelo para que los clientes sean compensados y se modifican las cantidades, aunque se ha aplicado una solución intermedia entre lo previo y la propuesta original de las aerolíneas. Además, aunque los pasajeros sufran múltiples interrupciones durante una nueva reserva, solo podrán reclamar una compensación por viaje.  

Las compensaciones quedan de la siguiente forma:

  • Trayectos de menos de 3 500 km y dentro de la UE: derecho a compensación por retrasos de 4 horas o más (300 euros).
  • Trayectos de más de 3 500 km: derecho a compensación por retrasos de 6 horas o más (500 euros).

Hasta ahora, se compensaban los retrasos a partir de las tres horas con los siguientes criterios:

  • Vuelos intracomunitarios y de hasta 1.500 km: 250 euros.
  • Vuelos de entre 1.500 y 3.500 km: 400 euros.
  • Vuelos de más de 3.500 km: 600 euros.

Por otra parte, se introduce que los pasajeros a los que se informe de la cancelación de su vuelo con menos de catorce días de antelación respecto de la fecha de salida tienen derecho a compensación.

Cobro del equipaje de mano y de asiento contiguo


Se avalan las prácticas actuales de las ‘low cost’ de cobro de equipaje de cabina. Solo se exigirá la obligatoriedad de permitir portar un bulto de pequeñas dimensiones (40x30x15), que quepa bajo el asiento.

 Además, legitima el cobro adicional por la reserva del asiento contiguo por parte de los acompañantes de personas con movilidad reducida. Y da el visto bueno a que se cobre por rectificar los datos del billete en las 48 horas previas a la salida del vuelo.

Pasajero ausente


El Consejo también ha propuesto que los pasajeros a los que se deniegue el embarque en un vuelo de vuelta por no haber tomado el vuelo de ida tendrían derecho a una compensación.

Las aerolíneas celebran: "Proporciona certidumbre y seguridad"


Desde la Asociación de Líneas Aéreas (ALA) han mostrado su satisfacción con la modificación, porque "aclara que las compañías aéreas sí pueden cobrar por el equipaje en cabina y determina las dimensiones del bulto de mano gratuito que las aerolíneas deberán aceptar". Afirman que es muy positivo que se unifique el criterio a seguir por los tribunales, terminando con las diferentes interpretaciones, celebrando que se "reducirá la litigiosidad".

También aplauden que la reforma concrete qué circunstancias extraordinarias no son susceptibles de compensación al pasajero en caso de retraso o cancelación. "Al unificar criterios en una única norma, esta reforma proporciona certidumbre y seguridad a los consumidores y a las compañías aéreas", aseveran.

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