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Canarias ya cuenta con su primera regulación de campings y alojamientos turísticos al aire libre. El pasado viernes el Consejo de Gobierno aprobó el decreto que ordenará este tipo de alojamientos en la comunidad autónoma.
La consejera de Turismo y Empleo, Jessica de León, explica que “la norma permitirá ordenar esta modalidad turística, diversificar la oferta de las islas y responder a una demanda creciente, con garantías de sostenibilidad, calidad de los servicios y seguridad jurídica”.
La nueva regulación
El decreto contempla cinco modalidades de alojamiento, cada una con sus propios requisitos de funcionamiento, instalaciones y servicios:
- Campings
- Áreas de acampada para autocaravanas, caravanas y vehículos similares
- Areas de pernocta para estos vehículos
- Áreas de acampada en edificaciones rurales aisladas
- Alojamientos turísticos singulares, como las yurtas o las cabañas en árboles.
El decreto fija condiciones de higiene, abastecimiento de agua, gestión de residuos, seguridad y accesibilidad. Además, incorpora sistemas de clasificación para los campings y las áreas de acampada de autocaravanas.
La norma también diferencia entre estacionar una autocaravana y acampar. Las áreas de pernocta estarán destinadas al descanso y permitirán una estancia máxima de 72 horas. El estacionamiento seguirá sujeto a las normas de tráfico y a las restricciones que se apliquen en cada lugar.
La regulación también abre nuevas posibilidades para diversificar la oferta turística en el medio rural con alojamientos vinculados a determinadas edificaciones y actividades agrícolas, ganaderas o tradicionales. También contempla alojamientos turísticos singulares, siempre que su instalación esté permitida por el planeamiento urbanístico y cumpla los requisitos establecidos.
Para poner en marcha estos establecimientos, los promotores deberán presentar una declaración responsable ante el Cabildo Insular correspondiente y contar con las licencias y autorizaciones que exija la normativa urbanística, ambiental y de seguridad. La regulación no permite instalar estos alojamientos en cualquier terreno ni habilita automáticamente nuevos espacios para su uso turístico.
Los alojamientos que ya estén en funcionamiento tendrán cinco años para adaptar sus instalaciones y servicios a la nueva normativa. Además, los municipios que aún no cuenten con este tipo de oferta podrán habilitar zonas de forma temporal, siempre que cumplan los requisitos previstos en la norma.
La nueva regulación entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC). Durante ese periodo, la Consejería de Turismo y Empleo, a través de la Dirección General de Ordenación, Formación y Promoción Turística, recorrerá las islas para explicar el contenido del decreto y resolver dudas, tanto a las administraciones públicas como al sector privado.
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