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Los tribunales salvan a un hotel grancanario de la demolición que ordenó el Estado por ocupar franja litoral
Extur GC, propietaria del San Agustín Beach Club, logra que el tribunal acepte un nuevo trazado del dominio público marítimo-terrestre
La Audiencia Nacional salva al hotel San Agustín Beach Club, situado en el sur de Gran Canaria, de la demolición parcial de su construcción decretada por parte del Ministerio para la Transición Ecológica. La orden de demolición, que pesaba sobre el establecimiento desde 2010 y ahora queda sin efecto, argumenta que parte del establecimiento (130 metros cuadrados de superficie) se alza sobre terrenos de dominio público marítimo-terrestre, lo que constituye una ilegalidad. La propietaria del hotel, Extur GC, niega que ese suelo tenga dicha catalogación, argumento que ha hecho suyo el tribunal.
La sentencia de la Audiencia Nacional replantea el trazado que deslinda dicha franja, cuya delimitación fue efectuada en 1989. Acatando el razonamiento de Extur GC, el tribunal argumenta que cuando existen paseos marítimos construidos antes de la Ley de Costas de 2013, como en este caso, el límite del dominio público marítimo-terrestre cambia, pues ha de situarse en el borde exterior de dichas vías. Así, todos los terrenos desde el borde del paseo hacia dentro pueden dejar de formar parte del dominio público. Eso sí, el paseo no puede consistir en una simple pasarela o camino de madera; su presencia debe suponer una alteración del terreno.
El paseo de la playa de San Agustín fue ejecutado por el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana en el año 2000 y la Audiencia Nacional entiende que se trata de una obra pública de envergadura y que, efectivamente, supone una alteración física real del terreno, por lo que debe replantearse la delimitación de la franja de dominio público marítimo-terrestre. Con el nuevo deslinde, el hotel al completo se asentaría sobre terrenos legales.
El culebrón judicial que aún no ha terminado
Ante la falta de eco que los argumentos de Extur GC tuvieron en la administración, la empresa optó en su momento por recurrir la orden de demolición ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), solicitando que se anulara el deslinde de 1989 para que la edificación no fuera derribada.
Pero a finales de 2021, el TSJC se declaró incompetente para resolver la cuestión y puso la pelota en el tejado de la Audiencia Nacional, que ahora salva, al menos de momento, a este alojamiento de cuatro plantas de la demolición. Porque la resolución es recurrible ante el Tribunal Supremo, que podría enmendar la sentencia de la Audiencia y entonces debería echarse abajo el hotel.
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