Economía y Política
La UE prohíbe los envases monodosis, ¿cómo afecta a hoteles, restaurantes y cafeterías?
Debido a la iniciativa propia o a las normativas españolas vigentes, muchos establecimientos horeca ya han hecho gran parte de los 'deberes'
El próximo 12 de agosto de 2026 será de aplicación general la regulación de la Unión Europea (UE) 2025/40 que, entre otras medidas para reducir la generación de residuos contaminantes, prohíbe el uso de envases monodosis de plástico en hoteles, restaurantes y cafeterías.
Si bien su implantación total es inminente, la aplicación de la normativa será gradual y no será hasta el 1 de enero de 2030 cuando será obligatoria la retirada de:
- Sobres de kétchup, mayonesa, aceite o vinagre y tarrinas de mermelada, mantequilla o leche para el café.
- Productos cosméticos y de aseo personal de un solo uso que se utilizan en hoteles.
Cabe recordar que, desde 2021, en la UE están prohibidos los platos, cubiertos, pajitas y bastoncillos de algodón de plástico.
Excepciones
La normativa europea contempla algunas excepciones. Los sobres y tarrinas individuales se podrán seguir utilizando en los servicios de comida para llevar (delivery o take away) y en entornos hospitalarios o de residencias.
Además, clarifica que los sobres de azúcar o sacarina cuyo envoltorio sea exclusivamente de papel quedarán exentos de esta prohibición.
Cronograma progresivo
Si bien la regulación fue aprobada por el Parlamento Europeo en febrero de 2025, el primer gran paso importante se producirá el próximo 12 de agosto de 2026. Si bien se había extendido la noticia de que desde esa fecha clave estarían prohibidos los envases monodosis, lo cierto es que hay un margen mayor.
Lo que sí que se prohibirá es la comercialización de envases en contacto con alimentos que contengan PFAS por encima de los límites establecidos en el Reglamento. En este sentido, los principales fabricantes del sector ya están adaptando sus procesos para cumplir con este requisito, informa la patronal Hostelería de España.
Para 2027 y 2028 se introducen requisitos adicionales para el take away: en la primera fecha, los restaurantes y cafeterías deberán permitir a los consumidores portar sus propios contenedores para llevarse las sobras; en la segunda, los establecimientos tendrán que ofrecer envases reutilizables, en ambos casos sin ningún coste adicional.
Soluciones
Lo cierto es que, debido a la iniciativa propia y a la implantación previa de otras normativas españolas como la Ley de Residuos española de 2022 y del Real Decreto de Envases (1055/2022) —que no decretaban la prohibición explícitamente—, el sector Horeca español ha encontrado soluciones previas al desafío que supone la eliminación de los envases plásticos de un solo uso.
Algunas de las alternativas implementadas han sido:
- Dispensadores recargables: tanto en duchas de hoteles para el gel y el champú, como para salsas en locales de comida rápida.
- Botes tradicionales con válvula antigoteo: dispuestos en la mesa para el uso de los clientes.
- Formatos monodosis sin plástico: fabricados de papel, plástico compostable certificado o vidrio reutilizable.
No obstante, la entrada en vigor de nuevas normativas siempre supone un reto operativo a nivel de seguridad alimentaria o de experiencia del cliente.
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