Economía y Política

El Parlamento Europeo respalda que los acompañantes de personas con discapacidad puedan viajar gratis en avión

Para que el texto sea definitivo, aún falta el visto bueno formal del Consejo de la UE y su publicación en el Diario Oficial

El Parlamento Europeo ha respaldado nuevas normas para reforzar los derechos de los pasajeros que viajan por la Unión Europea, con medidas específicas para las personas con discapacidad o movilidad reducida. Entre los cambios figura la posibilidad de que quienes necesiten viajar acompañados puedan hacerlo sin coste adicional para la persona que les preste asistencia, siempre que se cumplan las condiciones previstas en la normativa.

La medida ha sido aprobada el 20 de octubre con 652 votos a favor, dos en contra y ocho abstenciones. El texto contempla que el acompañante pueda volar gratuitamente cuando su presencia sea necesaria para cumplir los requisitos de seguridad y la compañía aérea no pueda proporcionar por sí misma la asistencia requerida. Para que el texto sea definitivo, aún falta el visto bueno formal del Consejo de la UE y su publicación en el Diario Oficial. Si todo sigue su curso, se aplicará desde el 23 de octubre de 2027.

La reforma incluye, además, cambios en los reembolsos de billetes comprados a través de agencias de viajes o plataformas digitales si son cancelados. En caso de cancelación, los pasajeros tendrán derecho a recuperar el importe íntegro, incluidos los gastos de intermediación, en un plazo máximo de 14 días: la aerolínea dispondrá de siete días para devolver el dinero al intermediario y este tendrá otros siete para abonárselo al cliente. Los intermediarios también deberán informar de las condiciones aplicables en el momento de la reserva.

Otra de las novedades será la disponibilidad de formularios comunes para solicitar reembolsos e indemnizaciones, accesibles en todas las lenguas de la UE, además de otras vías equivalentes ofrecidas por las empresas de transporte. No obstante, las nuevas disposiciones todavía deben completar los trámites oficiales correspondientes y su aplicación está prevista para el 23 de octubre de 2027, por lo que no entrarán en vigor de forma inmediata.

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