Si a mitad de año el Parlamento Europeo aprobó una reforma específica de los derechos de los pasajeros aéreos, ahora la Eurocámara ha dado el visto bueno —con 652 votos a favor, 2 en contra y 8 abstenciones— a un reglamento para reforzar la protección de los derechos de los pasajeros, sea cual sea el tipo de transporte utilizado.

Uno de los aspectos más llamativos de la nueva normativa comunitaria, que a falta de ser aprobada por el Consejo entrará en vigor en octubre de 2027, es su impacto en las agencias de viajes, ya que establece que, en caso de cancelación de vuelos adquiridos a través de un intermediario —ya sea una agencia tradicional o una online—, los pasajeros tendrán derecho a recibir el importe íntegro, incluidos gastos de intermediación (service fee), en un plazo de catorce días.

En concreto, establece que la compañía aérea tendrá siete días para transferir el importe al intermediario, que deberá abonárselo al pasajero en otros siete días. Además, determina que las agencias de viajes deberán informar a los clientes de las condiciones para el reembolso en el momento de realizar la reserva.

Desde la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) remarcan que se deberá devolver el service fee pese a que se trata de una remuneración por un servicio ya prestado.

Ana Barluenga, directora jurídica de CEAV, remarca que se contempla una excepción para las microempresas autónomas, es decir, aquellas con menos de 10 trabajadores, una facturación anual o balance que no supere los 2 millones de euros y que no estén asociadas ni vinculadas a otras empresas. Estas podrán conservar un importe determinado de sus gastos de intermediación, siempre que hayan informado de ello al pasajero de manera clara, inequívoca y destacada desde el inicio del proceso de reserva.

"Desde CEAV nos hemos opuesto firmemente a esta disposición, por considerar que resulta desproporcionada y puede distorsionar la competencia en el mercado de distribución aérea. Se obliga a las agencias a devolver la remuneración de servicios de intermediación efectivamente prestados por circunstancias ajenas a su responsabilidad, confundiendo el servicio de transporte aéreo con el servicio independiente que presta la agencia al cliente", asevera.

La experta legal añade que la norma no obliga a las compañías aéreas a asumir el coste económico de esa devolución cuando el reembolso se tramita a través de un intermediario, "lo que puede generar un importante desequilibrio entre ambos operadores, perjudicar la competitividad de las agencias y favorecer la concentración del mercado y la venta directa por parte de las aerolíneas".

Explica que desde CEAV han mantenido contactos con los principales grupos políticos del Parlamento Europeo, intentando incluso promover una enmienda in extremis, pero que no han tenido éxito. Ahora, solicitan al Gobierno de España que valore interponer un recurso de anulación del Reglamento ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al considerar que esta disposición podría vulnerar los principios de proporcionalidad y las normas de competencia de la Unión Europea. El plazo para interponer dicho recurso será de 2 meses desde que el nuevo Reglamento se publique en el DOUE.

Añadir Tourinews como fuente preferida de Google de forma gratuita

Mantente informado con las últimas noticias de actualidad.

Activar ahora