• El CIT participa activamente aportando propuestas
  • Sugiere que viviendas vacacionales y apartamentos turísticos sean compatibles ambas como productos turísticos diferenciados.
  • La vivienda vacacional debe respetar los apartamentos turísticos como producto estrella extrahoteleros en nuestras zonas turísticas.
  • Las nuevas modalidades para apartamentos deben abordarse por propietarios y desde el propio sector extrahotelero.

El Centro de Iniciativas Turísticas de Gran Canaria (CIT) ha intervenido activamente en el problema de la residencialización en las zonas turísticas, aportando propuestas para la modificación del decreto vacacional para la extensión de su ámbito en urbanizaciones turísticas y fórmulas para la compatibilidad de los apartamentos turísticos con otros productos.


En su ánimo de una buena planificación urbanística con el objetivo primordial del cumplimiento deuna estrategia de excelencia turística, el CIT de Gran Canaria exige ante todo un compromiso por parte de los Ayuntamientos que se garantice la buena imagen de todas las edificaciones en las Zonas Turísticas mediante estrictas ordenanzas de ornato, buen mantenimiento de todos los espacios públicos y privados a la vez que niveles aceptables de ruido de locales, circulación ordenada de vehículos pesados, aparcamientos, paseos peatonales, etc.,todo lo necesario para hacer de nuestras áreas turísticas un espacio de disfrute y descanso para nuestros visitantes.


El presidentedel CIT de Gran Canaria, Fernando del Castillo y Benítez de Lugo, propone reforzar la capacidad de inspección sobre losinmuebles y agentes económicos presentes en nuestras Zonas Turísticas para que se adapten a estos requisitos..

Esta tarea exige que por parte de todos los agentes económicos implicados se analice a fondo fortalezas y debilidades del modelo turístico actual«para adaptarnos a las exigencias sobrevenidas de nuevas demandas en la forma de hacer turismo», apunta.


«Proponemos una revisión del producto de apartamento turístico para permitir a los propietarios individuales el alquiler vacacional en perfecta compatibilidad con los de unidad de explotación», señala, indicando que con esta regularización «se garantizaría el uso turístico de muchas unidades actualmente desafectadas, evitando las economías sumergidas».

El CIT propone que todos los apartamentos deben acogerse al mismo marco regulatorio con una distribución equilibrada y justa de todas las cargas. «Las viviendas vacacionales no son apartamentos turísticos; su ámbito de aplicación es la parcela residencial no turística en viviendas con cédula de habitabilidad» puntualiza,por lo que sugiere que se haga entender bien el producto de la vivienda vacacional para las urbanizaciones turísticas y mixtas con el fin de que este último producto turístico pueda convivircon los apartamentosy demás productos contemplados en la actual normativa, todo ello en perfecta compatibilidad entre todos».