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Una nueva sentencia deja en un 'veremos' la salida de la cementera Ceisa del Puerto de Santa Águeda (Gran Canaria)

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias anula una resolución anterior, pero no resuelve acerca de la continuidad de la fábrica en unos terrenos que se quieren dedicar a la explotación turística

El culebrón administrativo-judicial de la cementera Ceisa y el Puerto de Santa Águeda, en Arguineguín (Gran Canaria), se enreda un poco más. Una reciente resolución judicial del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) anula una sentencia anterior del Juzgado de Primera Instancia, pero sigue sin dar una solución definitiva al asunto, pues no decide si la empresa puede seguir operando en dicho litoral o debe desalojarlo, como quiere Puertos Canarios, de quien depende un litoral que quiere dedicar al uso turístico.

Puertos Canarios ha anunciado en distintas ocasiones que Ceisa, que tiene sus instalaciones allí desde 1957, deberá abandonarlas para dar paso a la construcción de un núcleo turístico. Pero a día de hoy la cementera sigue instalada en dicho puerto, mientras crece una maraña de denegaciones, resoluciones judiciales y requerimientos que no consiguen zanjar el asunto.

La concesión que permitía a Ceisa hacer uso exclusivo e industrial del muelle desde 1957 venció el 28 de octubre de 2022. La empresa solicitó una prórroga por otros 25 años, pretendiendo vincular dicho permiso para la ocupación del puerto a otra concesión para la explotación de un yacimiento minero cercano, otorgada por el Gobierno de Canarias en 2016. Pero en diciembre de 2024 el Consejo de Administración de Puertos de Canarias, organismo dependiente del Ejecutivo autonómico, rechazó la posibilidad de prorrogar la concesión.

Desde 2002, el Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria (PIO) viene asignando a esos terrenos portuarios un uso de ocio y turístico. Así que, aparentemente resuelto el problema con la cementera y sin escollos urbanísticos a la vista, el Gobierno canario se apresuró a anunciar el nuevo núcleo turístico que habría de ocupar la zona, anuncio que fue aplaudido por diferentes empresarios del sector.

En diciembre de 2025 se le dio a la cementera un plazo de seis meses para que presentara su plan de desalojo, plan que conllevaría el desmantelamiento de sus instalaciones en el puerto de Santa Águeda, para que por fin albergara el anhelado puerto turístico-deportivo. Las estructuras que Ceisa debía retirar del dominio público portuario incluyen una nave almacén de graneles sólidos, una nave almacén de arena, varias grúas de carga y torre, tolvas de descarga y unos 700 metros lineales de estructuras metálicas.

Judicialización del caso

 

La cementera hizo oídos sordos al requerimiento, lo que llevó al Gobierno canario a anunciar que exigiría el desalojo vía judicial. Pero Ceisa se había adelantado a los acontecimientos y ya había interpuesto en los tribunales un recurso contencioso-administrativo contra la resolución de Puertos Canarios, solicitando además medidas cautelares. Así, en julio de 2025, el Juzgado de Primera Instancia dictó una sentencia que no decidía sobre la conveniencia de prorrogar la concesión, pues entendía que la vía administrativa estaba incompleta, así que ordenaba a Puertos Canarios resolver el expediente administrativo en un plazo de seis meses.

Puertos Canarios recurrió dicha sentencia y ahora el TSJC le da la razón y enmienda la plana al Juzgado de Primera Instancia, anulando su resolución, al concluir que el procedimiento administrativo no sigue abierto, pues quedó totalmente resuelto con la denegación de la prórroga. 

El Gobierno de Canarias aplaude la resolución del TSJC, pero en realidad esta no pone fin a este enmarañado culebrón. En todo caso, posterga su resolución. Ni prorroga la concesión a Ceisa ni resuelve definitivamente sobre la procedencia de su otorgamiento. La Sala simplemente devuelve las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia para que dicte una sentencia sobre el fondo del asunto y determine si procede estimar o desestimar el recurso contencioso-administrativo que pide que se prorrogue la prórroga, pues la vía administrativa está definitivamente agotada. Como la resolución no es firme, se prevé la posibilidad de recurso de casación, lo que enredaría aún más las cosas.

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