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Canarias subvencionará el IBI de los establecimientos turísticos de alojamiento

Estas ayudas se otorgarán por concurrencia no competitiva, en la que las solicitudes serán atendidas por orden de entrada hasta agotar los recursos

El Gobierno de Canarias ha aprobado un decreto-ley mediante el que establece la concesión de subvenciones para cubrir el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente al 2021 de los establecimientos turísticos de alojamiento.

La Consejería de Turismo, Industria y Comercio será la entidad encargada de la gestión de estas ayudas que se otorgarán por concurrencia no competitiva, en la que las solicitudes serán atendidas por orden de entrada hasta agotar los recursos destinados a este fin. La cantidad presupuestada es de 63 millones de euros, ampliable a los 80 millones. Se estima que serán entre 2.500 y 3.000 las instalaciones alojativas beneficiarias.

¿Cómo es la ayuda?

La ayuda prevista podrá cubrir hasta el 100% del importe del IBI abonado correspondiente al año 2021 y que no esté cubierto por otras fuentes, como seguros u otras medidas de ayuda temporal. La subvención consistirá en un único pago, cuyo abono se realizará previa justificación de los requisitos exigidos. En el caso de que la persona beneficiaria de la subvención no se corresponda con el sujeto pasivo del impuesto, además de justificar su abono, deberá acreditarse que el impuesto lo soporta de forma directa o indirecta.

Canarias subvencionará el IBI de los establecimientos turísticos de alojamiento

¿Quién lo puede solicitar?

Empresas cuyos inmuebles están localizados en las Islas Canarias y están dedicados al alojamiento turístico, inscritas bajo los CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) bajo los siguientes epígrafes:

  • 55 10 de hoteles y alojamientos similares.
  • 55 20 de alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.

Además, deben estar inscritas en el Registro General Turístico antes del 15 de marzo de 2020.

Las empresas deberán acreditar haber sufrido una reducción igual o superior al 30% respecto al volumen de operaciones del año 2019. Asimismo, deberán acreditar mediante declaración responsable que no superan el importe bruto máximo de 1.800.000 euros por empresas en la totalidad de subvenciones directas recibidas en esta u otra convocatoria con cargo al marco temporal, o bien si se han acogido a la modalidad de ayudas en forma de costes fijos no cubiertos, hasta un tope de 10 millones de euros en la suma de los apoyos recibidos y siempre que no se supere el 70% de los costes fijos no cubiertos, salvo en el caso de pequeñas y microempresas que podrán llegar al 90%.

Plazo y modo de presentación

Se prevé que el plazo de presentación de solicitudes —que se realizará exclusivamente de forma electrónica— empiece el 10 de septiembre y concluya el 4 de octubre de 2021 (ambos inclusive).

Satisfacción en las patronales

Desde Asociación Hotelera y Extrahotelera de Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro (Ashotel) se han mostrado satisfechos con la medida. Su gerente, Juan Pablo González, cree que contribuirá a que el sector pueda salir con más solvencia de esta difícil situación.
 

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