Los vecinos de la urbanización madrileña de Santo Domingo han perdido la batalla contra el aeropuerto de Barajas. El Juzgado de Instrucción 35 de Madrid ha declarado el sobreseimiento provisional de la querella que habían presentado contra José Manuel Vargas, actual presidente de AENA y su antecesor, Ignacio Lema, actual presidente de Tecniberia,  acusándolos de delitos de desobediencia y contra el medio ambiente. 

En noviembre de 2008, el Tribunal Supremo dio la razón a estos vecinos afectados por el ruido de los aviones que aterrizan en el aeropuerto Adolfo Suarez Madrid-Barajas e instó a la Administración a que llevara a cabo medidas para solucionar la situación. Además la Sala de los Contencioso-Administrativo consideró vulnerado el derecho a la intimidad domiciliaria de los vecinos por el ruido. 

En la querella los demandantes señalan que la sentencia se ha incumplido y que se mantiene la lesión de sus derechos. Sin embargo, el acto judicial apunta que la defensa de los querellados solicitó el sobreseimiento de la misma porque consideran que “los hechos denunciados eran atípicos ya que la ejecución de las resoluciones que se pretende no han consistido en un mandado concreto de hacer y por lo tanto no existe una intención de desobedecer”. . 

Suscripción

Asimismo, se considera que “no hay delito contra el medioambiente ya que no se ha sobrepasado el límite de ruidos establecido en la Ley y tampoco se ha perseguido a los investigados como verdaderos responsables de lo ocurrido puesto que ninguno de los querellados son los responsables de los que ocurre, ni tampoco se les ha requerido personalmente para que hagan tal y cual cosa. Por otra parte, en el auto se argumenta que “la emisión de ruidos no es nociva, ni sobrepasa los límites legales, con lo cual, no procede a manifestarse sobre este delito”. 

Ante esto, los ciudadanos de Santo Domingo denuncian que los querellados "han permitido agravar notablemente la situación, incrementando todos los parámetros que el Supremo consideró y afectando a miles de residentes en una urbanización afectada de forma homogénea, sin que exista justificación legal, salvo falta de respeto por las sentencias judiciales".

La resolución podrá ser recurrida ante el Juzgado de Instrucción 35 o ante la Audiencia Provincial de Madrid.