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La Justicia avisa a las aerolíneas: deben compensar a los pasajeros por retrasos o pérdidas de equipaje

La Audiencia Provincial de Palma (Mallorca) ha lanzado una advertencia a las aerolíneas que se resisten a indemnizar a los pasajeros por retrasos, pérdida de equipajes o denegación de embarque. El tribunal recuerda que la nueva Ley de Eficiencia Procesal, en vigor desde abril, contempla responsabilidades para las compañías aéreas que persistan en su negativa a pagar compensaciones reconocidas por la normativa europea.

En los últimos meses, la Audiencia ha emitido varias sentencias que obligan a las aerolíneas a indemnizar a los viajeros, con importes que alcanzan hasta los 4.800 euros. Los magistrados rechazan uno de los principales argumentos de las compañías: que las reclamaciones canalizadas a través de páginas web especializadas no son válidas por considerar que los derechos de los pasajeros son “personales e intransferibles”.

El tribunal se apoya en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que desde hace más de un año avala la legitimidad de estas plataformas para tramitar compensaciones en nombre de los afectados. En uno de los casos analizados, una aerolínea fue condenada tras un retraso de más de tres horas en un vuelo entre Alicante y Palma por no haber rechazado pagar a los veinte pasajeros que reclamaron conjuntamente.

La Audiencia reprocha a las compañías su actitud “obstruccionista” y recuerda que, si realmente les preocupa el perjuicio a los pasajeros, lo más eficiente sería acreditar el pago de las indemnizaciones. Además, la Ley de Eficiencia obliga a las aerolíneas a participar en procesos de mediación previos a la vía judicial, lo que en la práctica debería evitar la mayoría de estos litigios.


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