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El Tribunal Constitucional (TC) da la razón a los trabajadores de Ryanair que, representados por el sindicato Unión Sindical Obrera (USO), habían denunciado a la aerolínea por vulnerar su derecho a la huelga. Dichos trabajadores convocaron un paro entre agosto de 2022 y las navidades de 2023, fijando la empresa entonces unos servicios mínimos que el tribunal de garantías, en una sentencia dictada este lunes, considera excesivos.
La resolución del TC anula una resolución previa del Tribunal Supremo, que había dado la razón a la low cost irlandesa, y también deja sin efecto la resolución del Ministerio de Transportes que debía fijar los criterios para establecer dichos servicios mínimos, porque, a su juicio, careció de la concreción exigible en estos casos, informa El País.
La doctrina del Constitucional, según esta última resolución, exige que, cuando el conflicto afecta a una actividad o servicio esencial para la comunidad, como es el caso del tráfico aéreo, los criterios que fijan los servicios mínimos sean dictados por una administración pública “con claridad y precisión suficientes”.
No fue así en este caso, entiende el alto tribunal, que cree que Transportes dio facultades demasiado amplias a la empresa, delegando en ella la decisión sobre el número de trabajadores concretos que debían sacrificar su derecho de huelga en aras de ofrecer unos servicios mínimos. Esto permitió a Ryanair "una disponibilidad casi plena para decidir la plantilla”, por lo que se entiende limitado el derecho fundamental de huelga de los trabajadores.
Imprecisiones del Ministerio de Transportes
Transportes había motivado suficientemente los vuelos que debían mantenerse operativos, pero no hizo lo mismo a la hora de precisar criterios para calcular el número de trabajadores necesarios para cubrirlos. Los criterios de la administración se acogían a términos imprecisos como “lo necesario” o “lo suficiente”, explica la reciente resolución.
El tribunal de garantías, al anular la sentencia del Supremo y la resolución de Transportes, confirma la firmeza de la primera sentencia de la Audiencia Nacional, que sí había dado la razón a los trabajadores.
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