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Canarias cuenta por fin con una ley específica para Municipios Turísticos prevista hace 31 años
La normativa distingue entre municipios turísticos de excelencia y de singularidad, tasando las características de cada uno
Tras más de tres décadas de espera, Canarias cuenta por fin con una Ley de Municipios Turísticos que atenderá la especificidad de estos territorios. La norma fue aprobada este miércoles en el pleno del Parlamento de Canarias con la única abstención de Vox, que no le quiso dar luz verde porque carece de ficha financiera y, a su juicio, se limita a definir lo que son municipios turísticos. La Ley de Ordenación del Turismo, de hace 31 años, ya preveía la creación de un estatuto para los municipios turísticos en Canarias, pero esta ley se había estrellado en dos ocasiones anteriores en el trámite parlamentario por desavenencias económicas.
La legislación aprobada adjudica un estatuto jurídico a los municipios que sufren una mayor presión turística para mejorar la planificación de los servicios públicos y facilitar futuras medidas de cooperación y financiación. Se ha optado por dejar la cuestión económica fuera para aunar las voluntades de las distintas formaciones y, al menos, contar con un documento con el que comenzar a trabajar.
La norma distingue entre municipios turísticos de excelencia y municipios turísticos de singularidad. Para obtener la consideración de excelencia, los territorios tienen que cumplir dos de los siguientes tres requisitos: tener una población turística anual cinco veces superior a la empadronada; contar con al menos 4.000 plazas de alojamiento turístico, incluyendo las de vivienda vacacional, y contar con un número de plazas alojativas turísticas de cinco estrellas igual o superior al 10% de la población empadronada. A todo ello se añade que los municipios deberán acreditar que la actividad turística supone más del 15% de la economía municipal.
En el caso de los municipios de las llamadas islas verdes (La Gomera, El Hierro y La Palma) y aquellos de reto demográfico, habrán de demostrar que la población turística anual es tres veces superior a la que consta empadronada y tendrán que contar con un mínimo de 2.000 plazas de alojamiento turístico.
Por su parte, los municipios turísticos de singularidad tienen que acreditar que poseen al menos dos recursos de interés turístico singular y su actividad turística tiene que suponer más del 5% de la economía municipal.
Cabe recordar que los municipios turísticos de Canarias son Adeje, Arona, Guía de Isora, Puerto de la Cruz, Santiago del Teide y San Miguel de Abona, en Tenerife; Mogán y San Bartolomé de Tirajana, en Gran Canaria; Antigua, La Oliva y Pájara, en Fuerteventura; Teguise, Tías, Yaiza, Oliva, en Lanzarote.
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