Un juez de Almería ha condenado a M.H.N. a demoler la ampliación realizada en el hotel de Los Escullos (Níjar, Almería) sobre suelo no urbanizable y considerado de especial protección dentro del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, por un presunto delito contra la ordenación del territorio. Existe una sentencia anterior que le condena por hechos similares.  

También, tal y como ha informado Ideal, se le ha impuesto una multa de 18 meses a razón de seis euros diarios por delito de desobediencia, así como una pena de prisión de un año y nueve meses que ha quedado suspendida por dos años, con la condición de que el acusado no vuelva a delinquir en dicho período.

La Fiscalía señaló en su escrito provisional que el procesado ya había sido condenado en 2015, por el Juzgado de lo Penal número 1 de Almería, por unos acontecimientos similares. En aquella ocasión se conmutó la pena de seis meses de prisión por una multa de 12 meses a razón de 20 euros diarios. Entonces, el acusado fue obligado a demoler dos ampliaciones de 80 metros cuadrados cada una efectuada en el mismo hotel.

Tras demoler estas edificaciones, el procesado habría vuelto a “construir lo inicialmente demolido” y a “ampliarlo en otros 164 metros cuadrados”, por medio de una obra que finalizó en 2014. Asimismo, el Ministerio Público manifestó que el administrador no había solicitado “ningún tipo de licencia ni permiso”, para actuar en un terreno “catalogado como suelo no urbanizable de especial protección por la legislación específica”.