La Autoridad Aeronáutica Civil de Panamá (AAC) ha anunciado que la resolución Nº 441/DG/DJ/AAC, que prohibía de forma temporal las operaciones del Boeing 737 MAX 8 y MAX 9, queda sin efecto.

Según ha informado EnElAire, la ACC autorizará a los operadores con Certificado del Explotador de Servicios Aéreos, emitido por la propia entidad, a operar este tipo de avión siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos, tal y como se estipula en la nueva resolución Nº 118/DG/DJ/AAC.

Así, antes de volver a operar estas unidades, debido al tiempo que los B737 MAX han permanecido en tierra, el operador deberá seguir todas las directrices establecidas por Boeing, así como realizar un vuelo sin pasajeros de al menos 30 minutos.

Bajo la nueva resolución, también se permite a los operadores con Certificado de Explotador de Servicios Aéreos emitidos por países extranjeros, manipular estos aviones en el espacio aéreo de Panamá, "siempre y cuando hayan sido autorizados a operar por la Autoridad Aeronáutica de su estado de matrícula". 

La infracción de esta resolución implica sanciones que están contempladas en la Ley Nº 21 de enero de 2003. La aerolínea panameña Copa Airlines, por ejemplo, cuenta con una flota de seis B737 MAX 9, inoperativa desde el pasado marzo. 

Lo cierto es que la flota mundial de este modelo de avión permanece en tierra desde el pasado marzo, tras los accidentes mortales de Indonesia y Etiopía. Las investigaciones preliminares de ambos siniestros apuntaron a fallas en el sistema antibloqueo MCAS, cuya implicación fue reconocida por Boeing posteriormente. Ahora, el fabricante trabaja en la actualización de este software y espera que el 737 MAX vuelva a los cielos en el último trimestre del año.